Social Media Platforms: An Approach for the Inter-American System Legislation
Plataformas de redes sociales: un enfoque para la legislación del sistema interamericano
Materia
plataformas de redes sociales; derechos humanos; responsabilidad; ley modelo; sistema interamericano; social media platforms; human rights; accountability; model law; InterAmerican SystemDescripción
In recent years, social media platforms have been in the eye of the storm. The Cambridge Analytica case, the disinformation campaigns against Hillary Clinton in 2016, Trump's censorship on Twitter or the allegation made in 2021 by the whistleblower Francis Haugen are examples of this.
Nowadays, there is a global debate about whether social media networks should be regulated or not, how that regulation should look like and what consequences could imply. For instance, the European Union has already established two programs: the Digital Services Act (DSA) and the Digital Market Act (DMA) that create a legal framework for this environment. In the US, there is an open debate on which should be the role of the government.
The main concerns that have been raised in favor of its regulation are about their content and privacy policies, as well as the use of personal data provided by users. According to this research, the lack of regulation of social networking platforms poses a concrete risk to people's basic rights and guarantees. Consequently, this regulation would be urgent in so far as it would allow to determine limits, obligations and the legal liability of the companies that own these social media platforms. At the same time, it would make it possible to regulate and adapt its operation in accordance with the users' guarantees.
When drafting this model legislation, the initial challenge was to be able to create consensus regarding the definitions of the object to be regulated - or the object of study -, and its related concepts. One of the contributions of this manuscript is the clear conceptualization of each term, which allow us to have a common ground to start a debate on how social media platforms can be regulated. This research challenges the conceptualization of social media platforms and approach to determining responsibility in the four questions and rights mentioned above.
As social media is an international resource, it is thus necessary that the legislation is not only framed in one country. Therefore, this study is framed within the Inter-American system, understanding that the common legal ground of the countries involved is the American Convention on Human Rights.
First, this research provides a uniform and comprehensive definition of the key concepts for eventual legislation. Second, it answers three main questions: who will be responsible for enforcing the legislation and surveilling its compliance? How will compliance be assured? And what are the dangers and threats of having stringent legislation? Finally, it proposes a uniform standard legislation that any country within the Inter-American system could consider when legislating social media platforms in their own territory. En los últimos años, las plataformas de redes sociales han estado en el ojo de la tormenta. El caso de Cambridge Analytica, las campañas de desinformación contra Hillary Clinton en 2016, la censura de Trump en Twitter o la denuncia realizada en 2021 por la whistleblower Francis Haugen son ejemplos de ello.
Hoy en día existe un debate mundial sobre si las redes sociales deben o no ser reguladas, cómo debería ser esa regulación y qué consecuencias podría tener. Por ejemplo, la Unión Europea ya ha establecido dos programas: la Ley de Servicios Digitales ("DSA") y la Ley del Mercado Digital ("DMA"), que crean un marco legal para este entorno. En Estados Unidos hay un debate abierto sobre cuál debe ser el papel del gobierno.
Las principales preocupaciones que se han planteado a favor de su regulación son sobre su contenido y políticas de privacidad, así como el uso de los datos personales proporcionados por los usuarios.
Según se desprende de esta investigación, la falta de regulación de las plataformas de redes sociales supone un riesgo concreto a garantías y derechos básicos de las personas. Por ello, esta regulación tendría carácter de urgente, puesto que permitiría establecer límites, obligaciones y la responsabilidad legal de las empresas propietarias de estas plataformas virtuales. A su vez, permitiría regular y adecuar su funcionamiento a las garantías de los usuarios.
El desafío inicial en la redacción del modelo de legislación fue la creación de consensos sobre las definiciones del objeto a regular o el –objeto de estudio– y sus conceptos relacionados. Una de las principales contribuciones de este trabajo es la clara conceptualización de cada término, lo que permite contar con un terreno común para iniciar el debate sobre las posibles formas de regulación de las plataformas de las redes sociales. En este sentido, esta investigación repiensa la conceptualización de las plataformas de redes sociales y el enfoque para determinar la responsabilidad en las cuatro preguntas y en los derechos mencionados anteriormente.
Dado que las redes sociales son un recurso internacional, es necesario que la legislación sea lo más global posible. Es por ello que este estudio se inserta dentro del sistema interamericano, entendiendo que la base legal común de los países involucrados es la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
En primer lugar, esta investigación brinda una definición uniforme y completa de los conceptos clave para una eventual legislación. En segundo lugar, responde a tres preguntas principales: quién será el encargado de hacer cumplir la legislación y vigilar el cumplimiento, cómo se garantizará su cumplimiento y cuáles son los peligros y amenazas de contar con una legislación de rigor. Finalmente, propone una legislación estándar consistente que cualquier país del sistema interamericano podría considerar al legislar plataformas de redes sociales en su propio territorio.
URL de acceso al recurso
https://revistasdigitales.udesa.edu.ar/index.php/revistajuridica/article/view/159Editor
Departamento de Derecho, Universidad de San Andrés