El derecho laboral de los internos de los centros penitenciarios; a la luz del enfoque de los derechos humanos
Descripción
La Constitución define que el trabajo no atenta contra la dignidad humana porque es la base del bienestar social, un medio de autodesarrollo y un medio de desarrollo humano, sean derechos u obligaciones. Así, el ser humano, se desarrolla desde una forma de perfección personal, y por ende desde el ser humano es la base del bienestar social, reivindicado y al mismo tiempo más humano. Trabajar como actividad en esencia significa aprender tanto valores como conocimientos técnicos que ayuden al desarrollo humano, lo que contribuye a la mejor aceptación e inclusión de los individuos en la sociedad; quienes mediante esta actividad observan el bienestar y desarrollo de la comunidad, ya sea directamente o indirectamente. Conclusión- la cárcel se considera debe entenderse el paso final en el desarrollo de juicio penal que inicia con el crimen y finaliza en investigación del suceso, detención del sospechoso, detención, juicio y finalmente enjuiciamiento, y la cantidad penitenciaria existe terminante por el perfil que el modo de justicia penitenciaria se relaciona con los reos, que tiene un impacto significativo en la administración y gestión penitenciarias.
URL de acceso al recurso
https://revistaletrasjuridicas.com/index.php/lj/article/view/29Editor
Universidad de Guadalajara